- Obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social -incluidos sus intereses y multas- vencidas al 30 de abril.
- Multas impuestas, cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación y liquidaciones así como sus intereses.
- Incluye la deuda en discusión administrativa–judicial, como así también la incluida en planes caducos hasta la vigencia de la presente resolución general.
- No se permite la refinanciación de planes vigentes.
- No Incluye los vencimientos de ganancias y bienes personales -de personas humanas y sociedades- de diciembre de 2022.
Las micro y pequeñas empresas podrán solicitar planes de entre 12 y 84 según el tipo de deuda y la tasa de financiamiento será del 3,55%.Las medianas tramo 1 entre 6 y 48, y la tasa será del 4,73%. El resto de las empresas podrán acceder a entre 3 y 36 cuotas con tasa del 5,71%. Se trata de tasas fijas, por lo que con una inflación creciendo al 8% mensual, los importes se irán licuando.
Al respecto, el profesor de la UBA y tributarista, Mario Volman, señaló a Ámbito que «no se trata de una condonación sino que dependiendo el nivel de la cuota se va a postergar el pago de intereses para después». Por su lado, Sebastián Domínguez, de SDC Asesores Tributarios, dijo que “esta medida es muy importante debido a que muchas pymes están en una situación delicada económica y financieramente y debería tomarse también para la cuota que está venciendo el 16 de mayo”.